Impuestos y valor de referencia

Carta de Hacienda por el ITP: qué hacer si te piden pagar más

Compraste una vivienda, pagaste el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y, meses después, llega una carta de Hacienda: consideran que el inmueble valía más y te reclaman la diferencia, con intereses. Es más habitual de lo que parece. Te explico qué significa esa carta, qué plazos tienes y qué opciones hay para defenderte.

Por qué te llega la carta

El ITP se paga sobre el valor del inmueble. Desde 2022, ese valor es, como mínimo, el valor de referencia que fija el Catastro. Si declaraste un precio inferior (por ejemplo, porque la vivienda necesitaba una reforma integral), Hacienda puede considerar que pagaste de menos.

Hay dos situaciones distintas:

  • Se aplicó el valor de referencia: Hacienda corrige tu autoliquidación para usar el valor de Catastro.
  • Comprobación de valores: cuando no hay valor de referencia aplicable, Hacienda valora el inmueble por su cuenta y concluye que vale más de lo que declaraste.

Saber cuál es tu caso es importante, porque las vías para reclamar no son las mismas.

Primero: lee bien qué te han enviado

  • Propuesta de liquidación: todavía no es definitiva. Te dan un plazo corto para presentar alegaciones, normalmente de 10 a 15 días hábiles.
  • Liquidación provisional: ya fija la cantidad que tienes que pagar. Contra ella puedes presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa, en general en el plazo de un mes desde la notificación.

Apunta la fecha en que la recibiste: los plazos cuentan desde ese día.

Qué opciones tienes

Si Hacienda hizo una comprobación de valores

Puedes promover la tasación pericial contradictoria: aportas la valoración de tu propio perito frente a la de la Administración. Se pide dentro del plazo del primer recurso o reclamación contra la liquidación y, mientras se tramita, quedan suspendidos el cobro de la liquidación y el plazo para recurrir.

Si la diferencia entre las dos valoraciones es pequeña (hasta 120.000 € y no más del 10 % de la valoración de Hacienda), sirve de base la de tu perito. Si es mayor, se nombra un perito tercero, cuya valoración decide. Así preparo la tasación pericial contradictoria.

Si se aplicó el valor de referencia

Con el valor de referencia no cabe la tasación pericial contradictoria. Lo que se hace es pedir la rectificación de la autoliquidación o recurrir la liquidación aportando pruebas de que el valor real es inferior, y la principal es un informe pericial que acredite el estado del inmueble. Antes de resolver, Hacienda pide un informe al Catastro.

Qué necesita el informe para que sirva

  • Visita al inmueble y fotos de su estado real en la fecha de la compra, o lo más cerca posible.
  • Descripción técnica de lo que reduce su valor: instalaciones antiguas, humedades, reforma integral pendiente o falta de habitabilidad.
  • Estudio de mercado con comparables de la zona.
  • Valoración a la fecha de la compraventa, razonada y firmada por un perito.

Si ya has hecho la reforma, las fotos de antes, los presupuestos y las facturas son muy útiles.

¿Me compensa reclamar?

Haz una cuenta rápida: la diferencia entre el valor de Hacienda y el real, multiplicada por el tipo de ITP de tu comunidad. Un ejemplo ilustrativo: si Hacienda dice 250.000 € y el valor real es de 210.000 €, la diferencia es de 40.000 €; con un tipo del 10 %, son 4.000 € de impuesto, más los intereses. Si la cifra es relevante frente al coste del informe, merece la pena.

En la primera consulta, que es gratuita, hago esta cuenta contigo antes de que encargues nada.

Errores habituales

  • Dejar pasar el plazo: sin recurso a tiempo, la liquidación queda firme.
  • Alegar sin prueba técnica: decir que «el piso estaba muy mal» no basta; hay que demostrarlo.
  • Usar una tasación online o hipotecaria: no analizan el estado real en la fecha de la compra ni están pensadas para discutir con Hacienda.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar si ya he pagado?

Sí, siempre que estés dentro de plazo. Si te dan la razón, te devuelven lo pagado de más con sus intereses.

¿Necesito abogado o asesor?

Para el recurso es recomendable contar con un asesor fiscal o un abogado. Yo aporto la prueba técnica, el informe con el valor real del inmueble, y me coordino con tu asesor. Si no tienes, te recomiendo uno de confianza. Servicio jurídico.

¿Cuánto tarda el informe?

Entre 2 y 5 días desde la visita. Si el plazo está a punto de vencer, dímelo y lo priorizo.

Este artículo es informativo y los plazos pueden variar según tu comunidad autónoma y el tipo de notificación. La estrategia concreta (alegaciones, recurso o tasación contradictoria) conviene decidirla con tu asesor. Yo aporto la prueba técnica: el valor real del inmueble.

Si te ha llegado una carta de Hacienda, escríbeme cuanto antes y reviso gratis si merece la pena reclamar. Pide precio sin compromiso.

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